DIDECO
DIRECCION DE DESARROLLO COMUNITARIO (DIDECO)
CONTACTO:
Fono: (64) 2 363219
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La Dirección de Desarrollo Comunitario estará bajo la responsabilidad de un Director(a) y para el cumplimiento de sus funciones, tendrá las secciones de Organizaciones Comunitarias y Presupuesto Participativo; Programas Sociales; Vivienda; Cultura; Deportes y Recreación.
Artículo 32º
Al Director le corresponderá:
1.-Asesorar al Alcalde y Concejo en la formulación de los programas y proyectos necesarios para la promoción del desarrollo social y comunitario.
2.-Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias, fomentar desarrollo y legalización, además de promover su efectiva participación y gestión democrática ante el Municipio.
3.-Proponer y ejecutar, dentro de su ámbito, y cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con protección del medio ambiente, educación y cultura, deporte recreación, género.
4.-Dirigir y organizar los distintos recursos de la Dideco, en función del cumplimiento de los objetivos municipales, evaluando permanentemente su realización.
5.-Planificar, proponer y ejecutar los programas sociales asignados, en función de Ias necesidades específicas de los grupos prioritarios y vulnerables.
6.-Potenciar la generación de redes sociales, a fin de coordinar los esfuerzos de todas las organizaciones, sectores y vecinos en general, para constituirse en motores de su propio desarrollo y el de la comuna, favoreciendo la solución de sus problemas.
7.-Coordinar a nivel intra y extra municipal, con organismos públicos y privados, la elaboración y ejecución de programas y proyectos en torno a las líneas estratégicas de la Dirección.
8.-Supervisar y evaluar permanentemente la gestión técnica y administrativa de los equipos responsables de ejecutar los programas de la Dirección.
9.-Gestionar en conjunto con la Secretaría Comunal de Planificación recursos adicionales al Presupuesto Municipal, de modo de ampliar Ias posibilidades de intervención social.
10.-Revisar la correspondencia recibida y distribuirla internamente en la Dirección.
12.-Plantear a nivel superior los requerimientos de la Dirección para el buen cumplimiento de los programas.
13.-Realizar el proceso de calificaciones del personal bajo su dependencia.
14.-Visar las ordenes de cometido del personal de su dependencia.
15.-Visar las solicitudes de permiso y feriado del personal de su dependencia.
16.- Generar acciones de prevención de alcohol, drogas y estupefacientes.
17.-Cumplir otras funciones que el Alcalde le asigne y que tengan que ver con el desarrollo y progreso de las personas y la comunidad rionegrina en general.
SECCION ORGANIZACIONES COMUNITARIAS Y PRESUPUESTO PARTICIPATIVO/ Artículo 33:
A la sección le corresponderá:
01.-Dotar de un programa de organizaciones comunitarias que de respuesta a la participación proactiva de la comunidad organizada y de la sociedad civil.
02.-Asesorar a las organizaciones de la comunidad en todas aquellas materias que permitan facilitar su constitución y funcionamiento y la plena aplicación de la ley sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias de la comuna de río negro
03.-Detectar las organizaciones comunitarias existentes en la comuna de Río Negro incentivando su legalización e incorporación a los programas desarrollados por La Dirección de Desarrollo Comunitario.
04.-Asesorar a las organizaciones sociales en su proceso de postulación a los distintos fondos concursables existentes, de modo de potenciar su gestión social.
05.-Asesorar y capacitar a las juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias para su participación en el programa de subvenciones, correspondiente al presupuesto que exista en el año, a través de la postulación de sus proyectos de inversión.
06.- Promover la formación, funcionamiento y coordinación de organizaciones territoriales y funcionales, prestándoles asesoría técnica y capacitación permanente.
07.-Desarrollar acciones tendientes a favorecer la legalización de las organizaciones comunitarias, fomentar su desarrollo y efectiva participación en el municipio de Río Negro.
08.-Planificar, administrar y ejecutar los programas sociales básicos de fomento de la participación social de la comunidad, conforme a la realidad específica de las distintas unidades vecinales.
09.-Diseñar, aplicar y actualizar permanentemente los sistemas de registro de las organizaciones sociales y mantener información actualizada de los antecedentes e historia de las organizaciones territoriales y funcionales.
10.-Ejecutar programas de capacitación para dirigentes comunitarios respecto de materias que digan relación con las políticas sociales del gobierno y del municipio, la formulación de proyectos sociales para acceder a los distintos fondos concursables y el ejercicio de liderazgo y empoderamiento.
11.-Apoyar y fortalecer la legitimación social de las organizaciones funcionales y territoriales mediante el financiamiento de sus iniciativas, a través de la entrega de subvenciones para la ejecución de los proyectos que cumplan con un reglamento definido para su postulación y otorgamiento.
12.-Fortalecer el surgimiento de organizaciones sociales defensoras del medioambiente, privilegiando en esta tarea, las metodologías de intervención grupal y comunitaria.
13.-Diseñar un catastro de las sedes sociales existentes en la comuna y mantenerlo actualizado y colaborar a su uso óptimo.
14.-Actualizar la base de datos de todas las organizaciones tanto territoriales como funcionales del sector rural y urbano de la comuna de río negro.
15.-Cumplir otras tareas que la respectiva dirección le encomiende, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones.
16.-Coordinar a los servicios de área social, a los organismos comunitarios e instituciones de la comuna, a fin de lograr uniformidad de criterios en su accionar.
17.-Diseñar un modelo de presupuesto participativo deliberativo.
18.-Ejecutar y evaluar un presupuesto participativo comunal.
19.-Otras que su superior jerárquico le encomiende.
SECCION SECRETARIA:/Artículo 34°
A la secretaría de Programa Organizaciones Comunitarias y Presupuesto Participativo le corresponderá:
01.-Atención de público cordial, eficaz y oportunamente.
02.-Seleccionar, de acuerdo a las solicitudes planteadas por el público, las personas o departamentos por las cuales deban ser atendidos.
03.-A cargo de trámites específicos, flujo y distribución de la correspondencia oficial.
04.-Mantener el registro cronológico y archivo actualizado de la documentación recibida y despachada.
05.-Elaborar y llevar el registro clasificador de la documentación interna.
06.-Tipear certificados que las Organizaciones Comunitarias soliciten.
07.-Confeccionar semanalmente el horario del o los vehículos, de acuerdo a los requerimientos de los funcionarios del departamento de Desarrollo Comunitario.
08.-Tipear la documentación, (oficios, memorándum, cometidos, horas extraordinarias, solicitudes de bodega, informes, etc.) que el Director del departamento le encomiende.
09.-Realizar la documentación con la debida anticipación.
10.-Apoyo al programa de Deportes y Recreación en cuanto a:
-Mantener un registro actualizado de los clubes deportivos, sus directivas y recintos deportivos.
11.-Otras que su superior jerárquico le encomiende
SECCIÓN PROGRAMAS SOCIALES/ Artículo N° 35°
A la Unidad de Programas Sociales le corresponderá:
01.-Atender cordial, eficaz y oportunamente al público que concurra a la Dirección.
02.-Realizar la atención de público y casos sociales.
03.-Elaborar Informes Sociales.
04.-Apoyar el programa de Asistencia Social, elaborando decretos Alcaldicios, foliación de recibos, registros de ayudas asistenciales, cartola de salida de materiales y archivos.
05.-Coordinar Programa Puente.
06.-Realizar la labor de Encargada comunal del Programa de Encuestaje de la Ficha de Protección Social (FPS).
07.-Realizar la supervisión general del programa de Encuestaje FPS.
08.-Otras que le encomiende su superior jerárquico.
DE LA SECCION ESTRATIFICACION SOCIAL/ Artículo N° 36°
A la sección de estratificación Social le corresponderá:
01.-Detectar permanentemente la población a encuestar de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
02.-Realizar el proceso de revisión de Fichas de Protección Social
03.-Mantener al día el archivo de fichas en soporte papel.
04.-Confeccionar y mantener al día registros de hoja de ruta, familias encuestadas según ubicación geográfica y puntajes, encuestas supervisadas y formularios de errores detectados en el proceso de aplicación del instrumento.
05.-Confeccionar las estadísticas requeridas de la ficha Protección Social.
06.-Realizar el procesamiento computacional de la Ficha de Protección Social.
07.-Confeccionar y remitir oportunamente al nivel provincial el avance mensual de la Ficha de Protección Social.
08.-Otras, que la Dirección le encomiende.
DE LA SECCIÓN DE PROMOCION SOCIAL/ Artículo N° 37°
A la sección de promoción social le corresponderá:
01.-Realizar la labor de apoyo familiar del programa puente
02.-Administrar integralmente el programa puente
03.-Seleccionar a las familias beneficiarias del programa puente
04.-Crear y mantener en funcionamiento la Unidad de Protección Familiar.
05.-Participar en la red del sistema Chile Crece Contigo.
06.-Coordinar la mesa técnica del Sistema de Protección Social.
DE LA SECCIÓN VIVIENDA/ Articulo N° 38°
A la Unidad de Vivienda le corresponderá:
01.-Atender cordial, eficaz y oportunamente al público que concurra a la Dirección.
02.-Realizar la atención de público, con el fin de orientar la postulación a los subsidios habitacionales.
03.-Organizar la demanda habitacional de la comuna.
04.-Recepcionar antecedentes para la postulación a los programas habitacionales.
05.-Canalizar la demanda habitacional hacia las Entidades de Gestión Inmobiliaria Social.
06.-Difusión de los programas habitacionales, en el sector urbano y rural.
07.-Coordinar con Dirección de obras la obtención de permisos y certificados, para la postulación a los distintos subsidios.
08.-Llevar el registro mensual de postulantes a los subsidios habitacionales.
09.-Coordinar con Serviu las acciones necesarias para el buen desarrollo de los programas en la comuna.
10.-Otras que le encomiende su superior jerárquico.
DE LA SECCION CULTURA/Artículo 39°
La Unidad de Cultura tiene por objetivo fomentar el desarrollo de la cultura mediante la promoción de actividades que permitan la manifestación de las diversas expresiones culturales de la comuna y entre sus funciones:
-Fomentar el desarrollo de la cultura en todas sus expresiones, promoviendo actividades tendientes a darle un carácter propio y planificando acciones que permitan a la comunidad participar, ya sea activa o pasivamente de ellas.
-Administrar y mantener los recintos vinculados a las actividades culturales, desarrollando en ellos actividades propias de sus fines, ya sea organizadas por la Municipalidad o por entidades dedicadas a la extensión cultural.
SECCION DEPORTES Y RECREACION/ Artículo 40º
A la Sección Deportes y Recreación le corresponderá:
Promover, coordinar, supervisar, evaluar las actividades deportivas que se realicen dentro de los límites jurisdiccionales de la Comuna, para tal efecto, deberá:
01.-Mantener un registro actualizado de los clubes deportivos, urbanos y rurales, sus directivas activas y recintos deportivos.
02.-Mantener permanentemente coordinación y vinculación con las instituciones, organismos y organizaciones funcionales ligadas a la práctica del Deporte y la Recreación de la Comuna.
03.-Planificar, organizar, dirigir coordinar, controlar y ejecutar las actividades de Deportes y Recreación que organice la Municipalidad.
04.-Velar que se haga un buen uso de toda la implementación deportiva que entregue el Municipio u otro organismo.
05.-Supervisar las actividades que se realicen mediante proyectos específicos.
06.-Realizar informes semestrales de las actividades de los clubes deportivos.
07.-Mantener coordinación permanente con todas aquellos Clubes Deportivos, Uniones Comunales, Ligas, Escuelas de Fútbol, que hagan uso del Estadio Municipal, además de todas aquellas organizaciones deportivas que se crearen.
08.-Sugerir al Director la realización de actividades con el apoyo de las autoridades locales, institución, asociaciones, etc.
09.- Liderar los FONDEPORTE en la Comuna.
10.- Promover disciplinas deportivo/recreativas de acuerdo a los requerimientos de los habitantes de la comuna.
11.-Otras que su superior jerárquico le encomiende.