Departamento de Salud

CONTACTO:

Fono: (64) 2 362236

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Artículo 41°

La Dirección del Departamento  estará a cargo del Director(a) y contará con las siguientes instalaciones  y secciones:

  • Centro de Salud  Familiar  “Practicante Pablo Araya”

  • Cecosf Riachuelo

  • 2 Postas:  Huilma y Tres Esteros

  • 9 Estaciones Médico Rurales:  Quisquelelfún , Parrones, Chan Chan, Chahuilco, Millantúe, Costa Río Blanco, Buenaventura, Caleta Huellelhue y Ñancuan

  • Administración y Finanzas

Artículo 42°

Al Director del Departamento de Salud le corresponde específicamente la administración de los Servicios de Salud Municipales (Cesfam, Cecosf, Postas y Estaciones Médico Rurales) en virtud de lo dispuesto en el D.F.L.1-3063 de 1980, debiendo velar por el cumplimiento de todos los programas de Salud propios y derivados desde el Ministerio de Salud los cuales son supervisados, por el Servicio de Salud de Osorno.

 

Le corresponderá al Director además:

01.-Asesorar al Alcalde y a los organismos municipales en materias de  protección  del ambiente y salud pública

02.-Remitir a los establecimientos de salud de dependencia municipal toda la documentación técnica emanada del Ministerio de Salud.

03.-Otorgar las facilidades necesarias para que los organismos dependientes del Ministerio de Salud puedan realizar eficientemente la supervisión e inspección de los establecimientos, conforme a la legislación vigente.

04.-Efectuar reuniones con el Equipo de Salud y Personal del Cesfam, Cescof y  Posta para tratar materias de orden técnico.

05.-Participar en las reuniones técnicas que fije el Servicio de Salud.

06.-Establecer y preparar informes periódicos de la gestión del equipo de salud hacia el nivel superior.

07.-Recomendar las normas y criterios técnicos que hagan más eficiente la gestión del departamento.

08.-Controlar que se llenen y entreguen oportunamente los documentos necesarios para proporcionar información a la Municipalidad y al Servicio  de Salud de la gestión del Departamento.

09.-Recomendar, implementar y coordinar los planes de educación sanitaria.

10.-Gestionar  los reclamos que formule el personal de los establecimientos a su cargo, el personal médico, paramédico y la Comunidad, con el objeto de buscar soluciones a los mismos que signifiquen un mejoramiento del  servicio.

11.-Establecer y mantener canales fluidos de  comunicación con el personal de los distintos estamentos que se desempeñan en las distintas dependencias del Departamento de Salud , propendiendo que estos  sean expeditos y dentro de un marco   de respeto mutuo.

12.-Solicitar al encargado de estadística, informes mensuales sobre el número y tipo de atenciones prestadas y cumplimiento de metas programadas.

13.-Participar y coordinar la elaboración de la Programación Anual de  Actividades  de Salud Primaria.

14.-Efectuar estudios y diagnósticos técnico-administrativos.

15.-Fomentar y facilitar la capacitación permanente del personal.

16.-Supervisar el proceso de adquisición de medicamentos e insumos médicos.

17.-Participar en las acciones de salud que involucren al Municipio y otras

        organizaciones e instituciones de la comuna.

18.-Prestar apoyo a los operativos cívicos y situaciones de emergencia.

19.-Emitir los informes que se soliciten sobre las materias que le competen.

20.-Velar por e cumplimiento de los planes y programas técnicos emanados del Ministerio de Salud, proporcionando al efecto procedimientos de organización   y apoyo

21.-Instruir por escrito al personal que labora en el Depto. de Salud respecto a las funciones específicas que cada uno de ellos deberá realizar con miras de  lograr los objetivos del departamento y supervisar el cumplimiento de las  mismas.

22.-Tener bajo  su supervisión y   dependencia  la Contabilidad y Presupuesto del

       Departamento.

23.-Tener bajo su dependencia la Administración del Personal que Labora en

      Departamento.

24.-Definir la capacitación del personal bajo su dependencia y plantear la necesidad a la primera autoridad comunal para su aprobación.

25.-Visar las Ordenes de Cometido de los funcionarios que laboran bajo su dependencia.

26.-Supervisión y control de vehículos destinados al Departamento.

27.-Elaboración caracterización demográfica y  perfil epidemiológico de los usuarios bajo cobertura de los diferentes establecimientos de Salud bajo administración Municipal con el fin de establecer políticas de salud coherentes a la realidad de cada sector .

 

DEPENDENCIAS DEL DEPARTAMENTO DE SALUD/ Artículo 43°

CENTRO DE SALUD FAMILIAR

El Centro de Salud Familiar “ Practicante Pablo Araya” estará dirigido por un(a) Director(a) el que tendrá las siguientes obligaciones:

01.-Responsable de la dirección técnico-administrativa del centro de Salud    Familiar y sus servicios dependientes, en conformidad a las disposiciones  legales vigente.

02.-Dirigir el Centro de Salud Familiar en base a las políticas administrativas y orientaciones técnicas del Servicio de Salud.

03.-Asegurar la óptima y oportuna entrega de las prestaciones de los Programas de Salud en acuerdo con las normas técnicas y orientaciones      impartidas por el Ministerio de Salud.

04.-Salvaguardar los bienes que se encuentren bajo su dependencia y mantenerlos en condiciones de permitir el normal desarrollo de las funciones para las que fueron destinados, en pos de atender, en el marco de sus competencias, las necesidades de salud de la población identificada como beneficiaria del servicio.

05.-Responsable por el cabal cumplimiento del programa anual de atención en el establecimiento, metas establecidas como compromisos con el Servicio de Salud, y en general todo lo que tiene que ver con el cabal y oportuno cumplimiento de los objetivos, metas e índices de salud comprometidos.

06.-Responsable de velar por una atención de calidad y oportuna a la población Beneficiaria de los establecimientos a su cargo.

07.-Velar por el adecuado uso de los recursos de los establecimiento, tanto humanos como materiales.

08.-Coordinar el personal a su cargo con el fin de asegurar un adecuado nivel  de prestaciones a la población a su cargo

09.-Coordinar las atenciones de salud con los demás establecimientos de la red asistencial

10.-Difundir las acciones y programas que se realizan en el Cesfam a la comunidad

11.-Supervisar  a los profesionales y funcionarios  que      desarrollan sus funciones en el Cesfam .

12.-Establecer estrategias para   aumentar la inscripción del per cápita en los establecimientos   Municipales de salud.

13.-Responsable de la  supervisión y dependencia de la Contabilidad y Presupuesto del Cesfam.

14.-Definir las necesidades de  capacitación del personal bajo su dependencia y presentarla  a la primera autoridad comunal para su conocimiento y posterior aprobación.

 

CECOSF DE RIACHUELO

El establecimiento estará a cargo de un coordinador técnico el cual tendrá las siguientes funciones:

01.-Encargado técnico  y Administrativo de la Dirección del Cecof

02.-Supervisar las acciones de   salud del equipo    de funcionarios a  su cargo en

       el Cecosf

03.-Encargado de la mantención del establecimiento

04.-Coordinar las acciones  a ejecutar con la Dirección del Cesfam

05.-Recomendar normas y procedimientos médicos que hagan más eficiente la gestión técnica del Equipo de Salud a su cargo

06.-Realizar acciones de educación y prevención a la población.

07.-Participar activamente en el proceso de Programación, ejecución y evaluación del Plan de Salud Anual.

08. Generar y mantener un diagnóstico  de la situación de Salud de la Población bajo cobertura del Establecimiento.

 

 POSTAS Y ESTACIONES MEDICO RURALES

Las postas y estaciones médico rurales dependen administra y técnicamente de la Dirección del Departamento de Salud y son atendidas  según calendario mensual por un equipo multiestamentario compuesto por médico, matrona, nutricionista, enfermera, asistente social, kinesióloga, psicóloga  y técnicos paramédicos 

El equipo de ronda depende de la Dirección del Departamento y se nombra a un(a) coordinadora que tiene las siguientes obligaciones:

01.-Velar por el cumplimiento de los horarios de salida del equipo a ronda y mantener un nivel de seguridad adecuado para el desplazamiento de los funcionarios hacía los lugares de desempeño.

02.-Realizar diariamente chequeo de insumos y equipos que se deben llevar a   ronda.

03.-Organizar las actividades en ronda: visitas domiciliarias, educaciones y actividades de promoción en terreno

04.-Coordinar con la dirección la solución de los problemas detectados en ronda.

 

 SECCION ADMINISTRACION Y FINANZAS/ Artículo 44°

Corresponderá a la sección de administración y finanzas del Departamento de

Salud:

01.-Asesorar al Director del Departamento en materias de finanzas, contabilidad  y presupuesto.

02.-Optimizar el uso de los recursos financieros , mediante la administración eficiente de la actividad financiera, contable y presupuestaria del departamento.

03.-Proveer y administrar los recursos humanos y materiales necesarios para la adecuada gestión del departamento.

04.-Preparar, Ejecutar y controlar el presupuesto del Departamento. de Salud.

05.-Llevar la contabilidad del Depto. de Salud.

06.-Efectuar las rendiciones de cuentas referentes a fondos de terceros y otras que se le indiquen.

07.-Efectuar los pagos del Departamento, Cesfam y Cecof.,:

08.-Confeccionar los Decretos de Pago, verificando que se encuentre la totalidad  de la documentación que respalda el gasto.

09.-Realizar los ingresos del departamento de salud.

10.-Manejar las cuentas corrientes del Departamento de  Salud

11.-Tramitar los nombramientos y renuncias del personal dependiente de Departamento.

12.-Ejecutar y tramitar los derechos y obligaciones de carácter administrativo que corresponda a los funcionarios del Departamento de Salud de acuerdo a las  normas legales vigentes.